{"id":8492,"date":"2023-02-26T07:32:08","date_gmt":"2023-02-26T07:32:08","guid":{"rendered":"https:\/\/www.gcsspain.com\/?p=8492"},"modified":"2023-05-24T11:03:06","modified_gmt":"2023-05-24T11:03:06","slug":"ics-2-europa-blinda-su-sistema-de-importaciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.gcsspain.com\/ics-2-europa-blinda-su-sistema-de-importaciones\/","title":{"rendered":"ICS 2: Europa blinda su sistema de importaciones"},"content":{"rendered":"
<\/p>\n
El 1 de marzo es una fecha importante en el calendario de los operadores econ\u00f3micos de transporte a\u00e9reo, ya que entra en vigor la nueva herramienta de seguridad para las importaciones de la Uni\u00f3n Europea (UE), el ICS2.<\/p>\n
MADRID. Con el objetivo de reforzar la protecci\u00f3n ante amenazas aduaneras en el marco com\u00fan de gesti\u00f3n de riesgos (CRMF, por sus siglas en ingl\u00e9s), la UE est\u00e1
\nimplementando un nuevo sistema de control de importaciones, conocido como el Import Control System 2 (ICS2), que se trata de un nuevo sistema basado en tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n (IT), a trav\u00e9s del cual se pretende obtener informaci\u00f3n anticipada sobre la carga antes de que esta entre en las fronteras de la Uni\u00f3n Europea, con el objetivo de que toda la mercanc\u00eda que se importe est\u00e9 segura y protegida.<\/p>\n
\u201cRepresenta la primera l\u00ednea de defensa en t\u00e9rminos de protecci\u00f3n del mercado interior y de los consumidores\u201d<\/strong><\/p>\n En este sentido, este nuevo procedimiento aduanero responde al objetivo de la UE de establecer un nuevo programa de seguridad y protecci\u00f3n antes de la llegada de las mercanc\u00edas a las aduanas \u201cpara facilitar el libre flujo de intercambios comerciales mediante procesos optimizados de seguridad aduanera basados en datos y adaptados a modelos globales de negocio\u201d, se explica desde la el Departamento de Aduanas de la Agencia Tributaria.<\/p>\n De esta forma, tal y como explica el presidente del Consejo General de Agentes de Aduanas (CGAA), Antonio Llobet, \u201ceste sistema avanzado de informaci\u00f3n sobre la carga es un nuevo r\u00e9gimen reglamentario de seguridad aduanera destinado a proteger mejor el mercado \u00fanico y a los ciudadanos de la UE. Tratar\u00e1, como el sistema actual pero mejorado, de recopilar datos sobre todas las mercanc\u00edas que entren en la UE antes de su llegada\u201d.<\/p>\n El ICS2 se encarga de recopilar datos de los OE sobre las mercanc\u00edas que entren en la UE antes de su llegada.<\/strong><\/p>\n Por su parte, desde la Comisi\u00f3n Europea se detalla que \u201cel programa de protecci\u00f3n y seguridad previo a la llegada apoyar\u00e1 los controles aduaneros efectivos basados en el riesgo al tiempo que facilitar\u00e1 el libre flujo de comercio leg\u00edtimo a trav\u00e9s de las fronteras exteriores de la UE\u201d y, adem\u00e1s, \u201crepresenta la primera l\u00ednea de defensa en t\u00e9rminos de protecci\u00f3n del mercado interior y de los consumidores de la UE. El nuevo programa remodelar\u00e1 el proceso existente en t\u00e9rminos de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n (TI), legal, gesti\u00f3n\/controles de riesgos aduaneros y perspectivas en operativas comerciales\u201d.<\/p>\n En definitiva, el ICS2 se encarga de recopilar, a trav\u00e9s de la informaci\u00f3n aportada por los operadores econ\u00f3micos (OE), datos sobre todas las mercanc\u00edas que entran en la UE antes de su llegada. \u201cLa informaci\u00f3n anticipada de la carga y el an\u00e1lisis de riesgos permitir\u00e1n la identificaci\u00f3n temprana de amenazas y ayudar\u00e1n a las autoridades aduaneras a intervenir en el punto m\u00e1s apropiado de la cadena de suministro\u201d, se detalla desde la Comisi\u00f3n Europea.<\/p>\n <\/p>\n <\/p>\n \u00bfC\u00f3mo funciona el ICS2?<\/strong> As\u00ed, cada OE est\u00e1 obligado a presentar estos datos de seguridad y protecci\u00f3n en una de las tres fechas de lanzamiento del ICS2. Y es que este nuevo sistema se est\u00e1 poniendo en marcha en tres entregas o fases. Como se ha indicado, la primera de ellas se inici\u00f3 en marzo de 2021 para los operadores econ\u00f3micos del sector a\u00e9reo de env\u00edos urgentes, previo a la carga, y env\u00edos postales, previo a la carga, cuyo destino es el espacio aduanero europeo.<\/p>\n En segundo lugar, a partir del 1 de marzo de 2023, es decir, en menos de dos semanas, el sector a\u00e9reo al completo deber\u00e1 presentar los datos de manera obligatoria al ICS2. As\u00ed, los operadores de transporte a\u00e9reo urgente, postal y de carga general estar\u00e1n obligados a presentar la informaci\u00f3n requerida sin excepciones, a trav\u00e9s del ENS, lo que obliga a exportadores, importadores, aerol\u00edneas y empresas de transporte de carga a alinearse.<\/p>\n La tercera fase afecta al transporte mar\u00edtimo, a la carretera y al ferrocarril, pero no es hasta el 1 de marzo de 2024 cuando los operadores econ\u00f3micos en estos modos estar\u00e1n obligados a presentar los datos de seguridad y protecci\u00f3n de las mercanc\u00edas a las aduanas europeas antes de su entrada en las mismas.<\/p>\n \u00bfA qui\u00e9n afecta?<\/strong><\/p>\n La entrada en funcionamiento del ICS2 afecta de manera directa a \u201ctodos los operadores econ\u00f3micos que participan en actividades de manipulaci\u00f3n, expedici\u00f3n y transporte de mercanc\u00edas y env\u00edos urgentes y postales\u201d, se explica desde el Departamento de Aduanas de la Agencia Tributaria, que a\u00f1ade que \u201ctodos los fabricantes, exportadores y personas f\u00edsicas establecidos fuera de la UE que deseen enviar mercanc\u00edas a o a trav\u00e9s de la UE, tendr\u00e1n que facilitar la informaci\u00f3n necesaria a las partes afectadas directamente\u201d.<\/p>\n En este sentido, desde la Comisi\u00f3n Europea se detalla que los principales afectados son los operadores de servicios postales, dentro y fuera de la UE, que est\u00e1n obligados a presentar los datos al ICS2 desde la primera entrega; las empresas de transporte urgente, obligadas tambi\u00e9n desde marzo de 2021; las compa\u00f1\u00edas de transporte a\u00e9reo de mercanc\u00edas, obligadas desde la segunda entrega; los proveedores de servicios de log\u00edstica transitaria, obligados desde marzo de 2023 para el \u00e1mbito a\u00e9reo y para el resto de modos en marzo de 2024; empresas de transporte mar\u00edtimo, por carretera y ferroviario, a partir de marzo de 2024; y destinatarios de mercanc\u00edas recibidas por v\u00eda mar\u00edtima establecidos en la UE, a partir de la tercera entrega.<\/p>\n Mayor seguridad y protecci\u00f3n<\/strong><\/p>\n Con el establecimiento del nuevo Import Control System 2 (ICS2), la Uni\u00f3n Europea est\u00e1 reforzando la seguridad y la protecci\u00f3n de las mercanc\u00edas que entran en las fronteras comunitarias, lo que redunda en una mayor protecci\u00f3n para todos los ciudadanos y el comercio de los estados miembros. Al obtener la informaci\u00f3n de la carga antes de que esta entre en las fronteras europeas, las aduanas cuentan con un margen de tiempo m\u00e1s amplio para identificar las posibles amenazas y erradicarlas de una forma m\u00e1s eficiente. En este sentido, el ICS2 cuenta con una serie de ventajas que vienen a mejorar el sistema actualmente activo y que son explicadas desde la Comisi\u00f3n Europea. En primer lugar, el ICS2 refuerza la protecci\u00f3n de los ciudadanos de la UE y del mercado interior ante amenazas que pongan en riesgo su seguridad. En segundo lugar, este nuevo sistema de control de las importaciones permite a las autoridades aduaneras de la UE identificar m\u00e1s f\u00e1cilmente los env\u00edos de alto riesgo e intervenir en el punto m\u00e1s oportuno de la cadena de suministro. Adem\u00e1s, el ICS2 da soporte a medidas aduaneras proporcionadas y espec\u00edficas en las fronteras exteriores en escenarios de respuesta a crisis.<\/p>\n Por otro lado, el ICS2 facilita el despacho transfronterizo del comercio leg\u00edtimo, que es la mayor parte, agilizando as\u00ed los tr\u00e1mites aduaneros, cuello de botella hist\u00f3rico del comercio internacional. Por otra parte, el nuevo sistema de IT de la UE ayuda a simplificar el intercambio de informaci\u00f3n entre los operadores econ\u00f3micos (OE) y las autoridades aduaneras de la UE, lo que redunda, a su vez, en un flujo mejorado de la entrada de mercanc\u00edas.<\/p>\n Sanciones y retenciones <\/strong><\/p>\n La puesta en marcha del nuevo Import Control System 2 (ICS2) por parte de la Uni\u00f3n Europea no es una recomendaci\u00f3n, si no una obligaci\u00f3n para todos aquellos operadores que quieran introducir mercanc\u00edas en las fronteras comunitarias. Asimismo, se advierte que las autoridades aduaneras no proceder\u00e1n al despacho de las mercanc\u00edas si no se cuenta con los datos de seguridad y protecci\u00f3n de los Para evitar estos tres escenarios, la Comisi\u00f3n Europea recomienda a los operadores estar preparados antes de la entrada en funcionamiento del ICS2, una necesidad especialmente urgente para el sector a\u00e9reo.<\/p>\n Por ello, desde Europa recomiendan adaptar los procesos de la empresa para poder ofrecer los datos requeridos de una forma eficiente y r\u00e1pida. De hecho, instan a los operadores a tomar las medidas necesarias para la provisi\u00f3n de datos precisos y de alta calidad. Para ello, desde Europa recomiendan desarrollar o actualizar los sistemas inform\u00e1ticos de intercambio de informaci\u00f3n, as\u00ed como proporcionar formaci\u00f3n y apoyo a los empleados para que el cumplimiento de este nuevo requerimiento sea efectivo y lo m\u00e1s fluido posible.<\/p>\n Fuente: El diario del puerto<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" ICS 2: EUROPA BLINDA SU SISTEMA DE IMPORTACIONES El pr\u00f3ximo 1 de marzo entra en vigor el nuevo sistema de control de importaciones de la UE para todo el transporte a\u00e9reo El 1 de marzo es una fecha importante en el calendario de los operadores econ\u00f3micos de transporte a\u00e9reo, ya que entra en vigor la […]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":8499,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[10],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.gcsspain.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8492"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.gcsspain.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.gcsspain.com\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.gcsspain.com\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.gcsspain.com\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8492"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.gcsspain.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8492\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8507,"href":"https:\/\/www.gcsspain.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8492\/revisions\/8507"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.gcsspain.com\/wp-json\/wp\/v2\/media\/8499"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.gcsspain.com\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8492"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.gcsspain.com\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8492"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.gcsspain.com\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8492"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}
\nAunque el Import Control System 2 (ICS2) de la Uni\u00f3n Europea entr\u00f3 en funcionamiento en una primera fase el 15 de marzo de 2021, lo cierto es que es en
\nmarzo de este a\u00f1o cuando se va a notar realmente su impacto, ya que obliga a una gran parte de los operadores econ\u00f3micos a modificar sus operativas y adaptarse a estos nuevos requerimientos de informaci\u00f3n aduanera. Seg\u00fan se explica desde la Comisi\u00f3n Europea, los Operadores Econ\u00f3micos (OE) deber\u00e1n declarar los datos de seguridad y protecci\u00f3n al ICS2 a trav\u00e9s de la Declaraci\u00f3n Sumaria de Entrada (ENS). Asimismo, detalla que la obligaci\u00f3n de iniciar la presentaci\u00f3n de dichas declaraciones no ser\u00e1 igual para todos los OE, ya que
\n\u201cdepender\u00e1 del tipo de servicios que presten en el movimiento internacional de mercanc\u00edas\u201d.<\/p>\n
\nEuropa tiene clara su estrategia de protecci\u00f3n y seguridad frente al exterior y est\u00e1 decidida a proteger por encima de todo a sus ciudadanos y su comercio. Por ello, el hecho de no enviar los datos requeridos al ICS2 a trav\u00e9s de la Declaraci\u00f3n Sumaria de Entrada (ENS), derivar\u00e1 en una serie de sanciones por parte de la UE.
\nSeg\u00fan se explica desde la Comisi\u00f3n Europea, si no se env\u00edan los datos necesarios a ICS2, las mercanc\u00edas ser\u00e1n retenidas en las aduanas de las fronteras de la UE, al no contar con la declaraci\u00f3n de la mercanc\u00eda pertinente.<\/p>\n
\nenv\u00edos en el ICS2. De igual forma, las declaraciones deficientes ser\u00e1n rechazadas o sometidas a intervenciones innecesarias, y podr\u00edan dar lugar a sanciones por
\nincumplimiento.<\/p>\n